
El Consejo de la Unión Europea aprobó hoy definitivamente una importante reforma de las normas que rigen los informes de sostenibilidad corporativa y los requisitos de diligencia debida, con el objetivo de reforzar la competitividad de las empresas europeas y aliviar la carga administrativa que suponen estas obligaciones.
La nueva legislación, que forma parte del paquete de simplificación conocido como Omnibus I, introduce cambios significativos en dos directivas clave: la Directiva sobre Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) y la Directiva sobre Diligencia Debida de Sostenibilidad Corporativa (CS3D). Estas modificaciones buscan reducir la complejidad normativa y limitar el efecto dominó de obligaciones para las compañías más pequeñas, al tiempo que incrementan la eficiencia y flexibilidad de las normas existentes.
Según el comunicado oficial del Consejo, la reforma ajusta los umbrales de aplicación de ambas directivas para concentrar las obligaciones en las empresas de mayor tamaño, consideradas las más preparadas para asumir estos deberes. En concreto, en cuanto a la CSRD se elevan los umbrales a empresas con más de 1 000 empleados y con una facturación neta anual superior a 450 millones de euros, incluyendo disposiciones específicas sobre empresas de terceros países.
Por lo que respecta a la CS3D, el ámbito de aplicación también se restringe a grandes empresas con más de 5 000 empleados y más de 1 500 millones de euros de ingresos netos, con la justificación de que estas entidades tienen mayor influencia en sus cadenas de valor y están mejor equipadas para gestionar los costes y procesos vinculados a la diligencia debida.

La reforma introduce, además, medidas destinadas a aliviar aún más las cargas, como la posibilidad de priorizar la evaluación de impactos adversos en las áreas más relevantes de la cadena de valor y el uso de información razonablemente disponible, reduciendo así las solicitudes de datos a proveedores y socios comerciales menores. Asimismo, se elimina la obligación de adoptar planes de transición climática bajo la CS3D y se modifican las disposiciones relativas a la responsabilidad y sanciones.
El texto legislativo también retrasa en un año la fecha de transposición de la directiva de diligencia debida en sostenibilidad por parte de los Estados miembros, fijando el 26 de julio de 2028 como plazo máximo, y establece que las nuevas obligaciones deberán cumplirse antes de julio de 2029.
La presidenta de turno de la presidencia del Consejo, representada por la viceministra de Asuntos Europeos de Chipre, subrayó que esta decisión responde al compromiso de la UE de reducir cargas innecesarias para las empresas europeas, al tiempo que impulsa un entorno normativo más competitivo y adaptado a los retos geopolíticos actuales.
La legislación ahora adoptada se publicará en los próximos días en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor veinte días después de su publicación.